La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) no sólo representa el primer instrumento global en consagrar los derechos humanos a nivel internacional, sino que su contenido dio nacimiento a toda la rama del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. El Estatuto de Roma, adoptado en Roma el 17 de julio de 1998, además de constituir un verdadero código internacional de los crímenes contra el Derecho Internacional, logra la creación de un tribunal penal internacional permanente, con vocación universal, capaz de juzgar a individuos por la comisión de crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, genocidio, y el crimen de agresión.
¿Cómo leer estos instrumentos en la actualidad?¿Qué aciertos han tenido sus disposiciones, y cuáles ameritan una revisión o posible reforma? ¿Cómo se han aplicado estas disposiciones por parte de los operadores jurídicos? ¿Los Estados han cumplido con sus obligaciones internacionales emanadas de dichos instrumentos?
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